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El seguro de eventos y espectáculos es una buena solución para proteger la organización de actos ante la cancelación, interrupción temporal, suspensión tras su inicio o aplazamiento de los espectáculos o eventos indicados en la póliza por los supuestos concretados en la misma.
La inversión para realizar según que tipo de eventos es muy elevada. Con este seguro la compañía aseguradora abona los gastos y costes fijos desembolsados por el asegurado en concepto de salarios y seguridad social, alquileres, publicidad y otros gastos similares para la organización y desarrollo del espectáculo o acto y que no fueran recuperables.
Sobre el seguro de eventos y espectáculos
El seguro de eventos y espectáculos da cobertura a los acontecimientos de carácter cultural, deportivo, musical o fiestas y otras celebraciones. Ofrece la cancelación, interrupción temporal, suspensión tras su inicio o aplazamiento de los espectáculos o eventos indicados en la póliza de seguro por los supuestos en la misma indicados.
Se protege el coste de dicho acontecimiento, con el abono de los gastos y costes fijos desembolsados por el asegurado en concepto de salarios y seguridad social, alquileres, publicidad y otros gastos similares para la organización y desarrollo del espectáculo o acto y que no fueran recuperables.
Para este seguro hay diferentes coberturas que según las características del evento pueden ser del interés del asegurado, como la ocurrencia de fenómenos meteorológicos adversos (cobertura básica), causas imprevisibles ajenas a la voluntad del asegurado, o la incomparecencia del artista.
Responsabilidad Civil del organizador
Se garantiza el pago de las indemnizaciones por daños personales, materiales y económicos causados a terceros durante la organización del evento, siempre y cuando el asegurado resulte ser civilmente responsable. Se puede contratar de forma anual o temporal.
Las coberturas de la póliza son R.C. Profesional, R.C. Explotación, R.C. Locativa, R.C. Subsidiaria, R.C. Patronal, R.C. Productos, R.C. Montaje de estructuras, y Defensa y Fianzas
Responsabilidad Civil del artista
Se garantiza el pago de las indemnizaciones por los daños corporales, materiales y perjuicios que de los anteriores se deriven, ocasionados a terceros en el ejercicio de la actividad del artista. Su contratación es de forma anual.
Las coberturas son R.C. Explotación, R.C. Inmobiliaria, R.C. Locativa, y R.C. Defensa y fianzas.
*Las coberturas básicas pueden variar en función de la compañía aseguradora.
Suspensión o cancelación del evento
La suspensión o cancelación puede venir producida por la ocurrencia de fenómenos meteorológicos adversos como lluvia, nieve, pedrisco, viento y/o inundación por lluvia o huracán.
También se cubre las causas imprevisibles ajenas a la voluntad del asegurado. Cualquier otro evento que resulte imprevisible y/o inevitable ajeno a la voluntad del asegurado, de los organizadores y/o de los actuantes en el espectáculo o evento, por causas que no figuren en las exclusiones de la póliza y que sean distintas de lluvia, nieve, pedrisco, viento, inundación por lluvia o huracán, enfermedad, accidente y/o muerte garantizados en las coberturas propias de fenómenos meteorológicos o de incomparecencia, de estar contratada.
Y otra cobertura que puede contratarse es la incomparecencia del artista debido a fallecimiento, lesiones por accidente, enfermedad o secuestro criminal del artista designado en la póliza de seguro; fallecimiento de familiares directos (ascendientes/descendientes) de éste; accidentes de familiares directos (cónyuge o hijos) con hospitalización.